EL NUEVO VALOR DE REFERENCIA CATASTRAL

15.07.2022

¿Qué es?

El valor de referencia catastral es determinado por la Dirección General del Catastro al realizar un análisis de los precios de todas las compraventas que se realizan ante notario, en función de los datos de cada propiedad que aparezca en el Catastro Inmobiliario.

¿Desde cuándo se aplica?

Desde el 1 de Enero de 2022.

¿Afecta al Impuesto de Bienes Inmuebles?

No, ya que para el cálculo del IBI el valor catastral es un valor administrativo fijado objetivamente para cada bien inmueble y que resulta de la aplicación de los criterios de valoración recogidos en la Ponencia de valores del municipio correspondiente.

Para determinar el valor catastral de un inmueble se consideran esencialmente los siguientes componentes:

  • La localización del inmueble, las circunstancias urbanísticas que afecten al suelo y su aptitud para la producción.
  • El coste de ejecución material de las construcciones, los beneficios de la contrata, honorarios profesionales y tributos que gravan la construcción, el uso, la calidad y la antigüedad edificatoria, así como el carácter histórico-artístico u otras condiciones de las edificaciones.
  • Los gastos de producción y beneficios de la actividad empresarial de promoción, o los factores que correspondan en los supuestos de inexistencia de la citada promoción.
  • Las circunstancias y valores del mercado valor del suelo, valor de la construcción y gastos de producción y beneficios de la actividad empresarial de promoción.

¿A qué impuestos afecta entonces el nuevo valor de referencia catastral?

El nuevo valor de referencia catastral servirá como base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), Actos Jurídicos Documentados (AJD) y sobre el de Sucesiones y Donaciones (ISD).

El valor de referencia catrastral no puede superar el valor de mercado. Sin embargo, si el valor declarado, el precio o la contraprestación pagada por una propiedad son superiores al valor de referencia del inmueble, se tomará como base imponible la mayor de estas magnitudes. Es decir, el valor de referencia del inmueble será la base mínima de tributación en estos impuestos.

¿Cómo puedo saber el nuevo valor de referencia catastral de un inmueble?

  • Online. En la web del CatasTRO https://www.catastro.meh.es/
  • Por teléfono. Llamando al 91 387 45 50 o al 902 37 36 35.
  • Presencial. En los Puntos de Información Catastral solicitando cita previa.


Firmado: El equipo de AGF Abogados y Consultores.

https://www.agfabogadosyconsultores.es 

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