DERECHOS Y DEBERES DE ARRENDADORES E INQUILINOS

20.04.2022

Ya decíamos en otro post de este blog cuando hablábamos sobre cómo hacer un contrato de alquiler, la importancia de que arrendador e inquilino conozcan sus derechos y obligaciones.

A continuación vamos a profundizar en el tema enumerando de forma genérica los derechos de arrendador e inquilino de un contrato de vivienda que se recogen en la vigente Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos (LAU 1994)

Derechos arrendador:

  • A exigir y recibir en metálico la fianza como garantía de que la vivienda le será devuelta en buenas condiciones. (art 36 LAU 1994)
  • A recibir el pago de la renta pactada en el plazo convenido y a que se destine la vivienda al uso pactado y que se cuide.( arts 17 y 27.1.f LAU 1994)
  • A que el inquilino repare los daños que por su causa se hayan producido. (arts 23 y 27.1.d LAU 1994)
  • A actualizar la renta de acuerdo con lo que se haya especificado en el contrato.(art 18 LAU 1994)
  • A promover la resolución del contrato: por la falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al inquilino; falta de pago de la fianza o su actualización; si subarrienda la vivienda sin el consentimiento del propietario; si hace obras sin su conformidad; si causa daños en la vivienda; si lleva a cabo en la vivienda actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas; y cuando la vivienda deje de estar destinada de forma primordial a satisfacer la necesidad permanente. (art 27 LAU 1994)

Deberes arrendador:

  • Debe garantizar al inquilino el uso pacífico de la vivienda y no perturbar al inquilino en el uso y la posesión pacífica de la vivienda. (27.3 LAU 1994)
  • Debe hacer las reparaciones necesarias de carácter urgente y garantizar las condiciones necesarias para hacer que la vivienda sea habitable a lo largo del contrato. (art 21 LAU 1994)
  • No puede exigir el pago anticipado de más de una mensualidad de renta. (art 17 LAU 1994)

Derechos inquilino:

  • Al uso pacífico de la vivienda. (art 27.3 LAU 1994)
  • A que el arrendador garantice las condiciones necesarias a fin de que la vivienda sea habitable a lo largo del contrato. (art 21 LAU 1994)
  • A que el arrendador no exija el pago anticipado de más de una mensualidad de la renta. (art 17 LAU 1994)
  • A recibir el justificante por escrito de los recibos que hagan referencia a la renta mensual y que acrediten todos y cada uno de los conceptos por los cuales está pagando. (art 17 LAU 1994)
  • A hacer obras de mejora que no modifiquen la configuración de la vivienda, siempre con el consentimiento del propietario. (art 23 LAU 1994)
  • A desistir del contrato cumpliendo los requisitos del art 11 LAU 1994.
  • A recuperar la fianza a la finalización del contrato, siempre que no haya desperfectos en la vivienda o pagos pendientes. (art 36 LAU 1994)
  • A subrogarse en el contrato en los casos previstos en el art 16 LAU 1994.

Deberes inquilino:

  • Debe entregar al arrendador 1 mes de renta como fianza. (art 36 LAU 1994)
  • Debe pagar la renta mensual hasta que finalice el contrato. (art 17 LAU 1994)
  • Debe cuidar la vivienda y no realizar actividades molestas, insalubres o ilegales. (art 27 LAU 1994)
  • Debe destinar la vivienda alquilada como vivienda permanente, y no a otros usos diferentes. (art 27 LAU 1994)
  • Debe pagar los gastos por servicios individualizados (luz, agua, gas,internet). (art 20 LAU 1994)
  • Debe reparar los daños que por su culpa o negligencia se produzcan en la vivienda.( (art 27 LAU 1994)
  • No puede subarrendar ni ceder la vivienda sin consentimiento del arrendador. (art 8 LAU 1994)


Firmado: El equipo de AGF Abogados y Consultores.

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